jueves, 14 de mayo de 2020

¿QUÉ ES RVOE?

Principalmente definamos que es RVOE Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios, ponen a disposición del público en general la relación de las instituciones particulares y programas educativos con RVOE en todas sus modalidades, lo otorga La Secretaría de Educación Pública, las autoridades educativas estatales y las universidades e instituciones de educación superior públicas facultadas es de suma importancia ya que garantiza que una institución educativa privada cumplir con los requisitos necesarios para ofrecer estudios universitarios.


PAGINA PARA CONSULTAR SI TU UNIVERSIDAD CUENTA CON RVOE:




INSTITUCIONES QUE PUEDEN OTORGAR UN RVOE DE TIPO SUPERIOR SON:

·                     Universidad Autónoma De Baja California Sur (UABCS)
·                     Universidad Autónoma De Ciudad Juárez (UACJ)
·                     Universidad Autónoma De Coahuila (UACOAH)
·                     Universidad Autónoma De Chihuahua (UACH)
·                     Universidad De Guadalajara (UDG)
·                     Universidad Autónoma Del Estado De Hidalgo (UAEH)
·                     Universidad Autónoma Del Estado De México (UAEMEX)
·                     Universidad Autónoma Del Estado De Morelos (UAEMOR)
·                     Universidad Autónoma De Nuevo León (UANL)
·                     Universidad Autónoma De Querétaro (UAQRO)
·                     Universidad De Quintana Roo (UQROO)
·                     Universidad Autónoma De Yucatán (UADY)
·                     Instituto Politécnico Nacional (IPN)
·                     Universidad Nacional Autónoma De México (UNAM)

LAS UNIVERSIDADES EN LINEA NECESITAN RVOE

·         Al igual que una licenciatura que cursas en cualquier universidad física, las carreras en línea deben contar con el Registro de Validez Oficial o RVOE, el cual, es una clave que otorga la Secretaría de Educación Pública (SEP) y es como una especie de “sello” que tiene esa carrera para que tus estudios sean reconocidos a nivel nacional.

·         Es un hecho, que todas las universidades tienen que exhibir en sus licenciaturas cuál es el RVOE con el que cuenta esa carrera. Al tenerla, puedes quedarte súper tranquilo porque quiere decir que su plan de estudios está autorizado por la SEP. Si no lo ves por ningún lado, te sugerimos que preguntes en la escuela qué onda con esta clave.

·         Cabe mencionar que el RVOE se otorga a licenciaturas presenciales, semi presenciales o en línea, que no te quieran “marear” que por ser en línea esto no cuenta, es una mentira absoluta, ¡ojo! En pocas palabras, la respuesta es: Sí, tienen la misma validez que una licenciatura presencial.


6 PASOS PARA OBTENER EL RVOE:


En primer lugar es necesario presentar una propuesta de mapa curricular por áreas de conocimiento, plan y programas de estudio, así como del acervo bibliográfico.

Además de la planta docente y los documentos probatorios que acrediten su formación y que ésta sea de acuerdo a la naturaleza del programa académico; contar con las instalaciones que garanticen la seguridad de los alumnos, para ello es necesario contar con la documentación legal  con el cual se acredita la ocupación legal del inmueble, así como constancias de seguridad estructural, uso de suelo, protección civil, entre otros. Además del llenado de todos y cada uno de los formatos que solicita la autoridad, con el correspondiente pago de derechos.

 

1.-Realizar el pago de derecho

2.-Acudir a las oficinas correspondientes

3.-Entregar el expediente completo requerido

4.-Esperar el aviso de la visita del supervisor

5.-Esperar fecha de resolución

6.-Recepcion del documento de autorización RVOE

VENTAJAS DEL RVOE

Realizar estudios universitarios con un plan de estudios o programa con RVOE como el de México ofrece ventajas que es importante conocer y usar a tu favor. Estas ventajas son académicas, administrativas y económicas.

Ventajas académicas

Un plan de estudios universitario con RVOE te ofrece la posibilidad de obtener un reconocimiento académico oficial al término de la carrera. Con un título universitario con validez oficial puedes continuar tus estudios oficiales de posgrado en una universidad mexicana o en una universidad del extranjero. Estudiar una licenciatura o una maestría con México te garantiza la posibilidad de obtener un título oficial. Al graduarte, puedes seguir con tu preparación académica a nivel universitario estudiando una maestría, un doctorado, un diplomado o una especialidad.

 

Ventajas administrativas

Un título universitario con validez oficial te permite realizar trámites administrativos imprescindibles para demostrar que cuentas con cualificación académica universitaria. El trámite más importante es el relacionado con la cédula profesional. Con un título oficial de estudios universitarios de  México no sólo garantizas que cuentas con conocimientos que te acreditan como un experto. También puedes demostrarlo. Al tramitar la cédula profesional formas parte del Registro Nacional de Profesionistas, el registro oficial de la SEP que avala la veracidad de tu formación universitaria. Algunas otras ventajas administrativas de un título universitario con validez oficial son las solicitudes relacionadas con estudios de posgrado, las solicitudes de becas o las solicitudes de empleo en la administración pública.

Ventajas económicas

Al estudiar una licenciatura o una maestría con RVOE tienes la garantía de que recibirás una formación con calidad académica y reconocimiento oficial. Por esta razón los estudios con validez oficial se traducen en un importante ahorro de tiempo, esfuerzo y dinero. Los planes de estudio oficiales de UNIR México te permiten ahorrar tiempo porque estudias en el momento oportuno, administrando de la mejor manera tus actividades cotidianas. Ahorras esfuerzo porque concentras de una manera más eficiente el aprendizaje y las tareas que debes realizar para reforzarlo. Finalmente, ahorras dinero porque tienes la garantía de que al término de los estudios obtienes un título universitario que cuenta con reconocimiento oficial. Este título te permitirá conseguir un mejor trabajo, un aumento de sueldo o, simplemente, ser una persona más preparada.

 


 

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DEL TIPO SUPERIOR.

El particular que solicite el reconocimiento, deberá presentar a la autoridad educativa la solicitud correspondiente con los datos contenidos en el formato 1 y los anexos 1, 2, 3, 4, 5  y  6. Tratándose  de  solicitudes  de  reconocimiento   de   validez  oficial de estudios en áreas de la salud, deberá solicitarse la  opinión de la Comisión Interinstitucional para la Formación de los Recursos Humanos para la Salud:  Medicina,  Enfermería,  Estomatología,  Psicología,  Trabajo Social, Optometría, Puericultura, Gerontología, Homeopatía, Medicina  Alternativa,  Acupuntura, Rehabilitación, Medicina Veterinaria  y   Zootecnia,   Nutrición,  Ciencias  Químicas, Farmacia,   Bioética,  Biología,  Comunicación  y  Lenguaje, Quiropráctica  o  cualquier  otra  disciplina  que  tenga  relación  con  áreas  de  salud. Adicional  a  lo  anterior,  deberá  presentar  la  documentación  que  la  Comisión  Estatal  para  la  Planeación de la Educación  Superior  (COEPES)  le  requiera  para  la  expedición  de  la  Carta  de  No  Inconveniencia.

 

PERSONAL ACADEMICO:

Los académicos que participen en los programas establecidos por los particulares ostentarán la categoría de académicos de asignatura, o bien de académicos de tiempo completo.

I.- Para el caso de personal académico de asignatura se requerirá:

a)    Poseer como mínimo el título, diploma o grado correspondiente al nivel educativo en que se desempeñará,

 

II.- Para el caso de personal académico de tiempo completo se requerirá:

a)    Acreditar experiencia o preparación para la docencia y la investigación o la aplicación innovativa del conocimiento en el campo en el que desempeñará sus funciones, o en la asignatura que impartirá.

 

BASE LEGAR:

·         Constitución  Política  de  los  Estados  Unidos  Mexicanos,  Articulo  3°,  Fracción  6ª.
Reforma  publicada  en  el  Diario  Oficial  de  la  Federación  del  12  de  Noviembre  del  2002.

·         Ley  General  de  Educación,  Artículo  55,  57  Y  58   

·         Ley  de  Educación  del  Estado,  Artículos  1,  23,  Fracción  IV,  77, 78,  80,  81  y  100.  
Periódico  Oficial  del  20  de  Julio del  2002

·         Reglamento  Interior  de  la  Secretaría  de  Educación  del  Estado,  Artículo  10,  Fracción  XXVI.
Periódico  Oficial  del  20  de  Julio  del  2002

·         Acuerdo número 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. 
Diario  Oficial  de  la  Federación  del  27  de  mayo  de  1998.

·         Acuerdo número 279 por el que se establecen los  trámites  y  procedimientos  relacionados  con  el  reconocimiento  de  validez  oficial de estudios  del  tipo  superior.
Diario  Oficial  de  la  Federación  del  10  de  Julio  del  2000.


BASE ACADEMICA:

Los académicos que participen en los programas establecidos por los particulares ostentarán la categoría de académicos de asignatura, o bien de académicos de tiempo completo.

 

I.- Para el caso de personal académico de asignatura se requerirá:

a)    Poseer como mínimo el título, diploma o grado correspondiente al nivel educativo en que se desempeñará,

 

II.- Para el caso de personal académico de tiempo completo se requerirá:

a)      Acreditar experiencia o preparación para la docencia y la investigación o la aplicación innovativa del conocimiento en el campo en el que desempeñará sus funciones, o en la asignatura que impartirá

Las instituciones educativas particulares que no alcancen a cubrir los porcentajes que se establecen en la tabla anterior, deberán presentar a la autoridad educativa para su aprobación, una justificación detallada al respecto conforme al área del conocimiento en que se ubique el plan de estudios, el nivel del mismo, la modalidad educativa, el objetivo general del propio plan y el modelo educativo propuesto para los estudios de referencia.

Por programa práctico se entenderá aquél cuyos egresados se dedicarán generalmente a la práctica profesional y cuyos planes de estudio no requieren una proporción mayoritaria de cursos básicos en ciencias o humanidades ni cursos con gran tiempo de atención por alumno. Los programas prácticos individualizados son aquéllos cuyos egresados se dedicarán generalmente a la práctica profesional y cuyos planes de estudio no requieren una proporción mayoritaria de cursos básicos en ciencias o humanidades, aun cuando exigen un considerable porcentaje de cursos con gran tiempo de atención por alumno.

Los programas científico prácticos son aquéllos cuyos egresados se dedicarán generalmente a la práctica profesional y sus planes de estudio contiene un porcentaje mayoritario de cursos orientados a comunicar las experiencias prácticas. Además, los programas científico prácticos tienen una proporción mayor de cursos básicos en ciencias o humanidades. Los programas científicos (o humanísticos) básicos son aquéllos cuyos egresados desempeñarán generalmente actividades académicas. Los planes de estudio de este tipo de programas se conforman mayoritariamente por cursos básicos de ciencias o humanidades y requieren atención de pequeños grupos de estudiantes en talleres o laboratorios.

 

 

INSTALACIONES:

Las instalaciones en las que se pretenda impartir educación del tipo superior, deberán contar con espacios que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que permitan el adecuado desarrollo del proceso educativo y en ese sentido, la autoridad educativa orientará al particular, quien en los apartados relativos del anexo 2, asentará los datos relacionados con dichas instalaciones. Los espacios deberán contar con iluminación y ventilación adecuados a las características del medio ambiente en que se encuentren; con agua potable y servicios sanitarios, tomando como referencia las condiciones que se establecen en el presente documento; además de cumplir las disposiciones legales y administrativas en materia de construcción de inmuebles. El particular deberá informar a la autoridad educativa en el anexo 2 de la solicitud, los datos relacionados con las instalaciones donde se pretenden impartir los estudios a incorporarse, mismas que serán inspeccionadas en la visita de supervisión.

 

Respecto de los datos generales del inmueble donde se impartirán los estudios, el particular deberá informar a la autoridad educativa lo siguiente:

 

I.      Ubicación;

II.     Números de teléfono, fax y correo electrónico, en su caso;

III.    El documento a través del cual se acredita la legal ocupación del inmueble;

 

El documento a través del cual se acredita la seguridad estructural y el uso de suelo;

Plano  o  croquis  acotado  del  edificio.